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Aclaración Res. D.E.N° 336/2009 - ( 18.02.2010 )

Por la presente se formulan las siguientes aclaraciones a los efectos de la implementación de la Resolución D.E. -N 336/2009:

1) Ante la diversa condición respecto del IMPUESTO AL VALOR AGREGADO que pudieran revestir las distintas entidades autorizadas, en función de forma jurídico-asociativa elegida para funcionar y a los efectos de evitar distorsiones en la aplicación de la medida, se entiende que, únicamente para aquellas que hayan adoptado la forma de COOPERATIVA -Ley 20.337 y modificatorias-, no se encuentra comprendido entre los cargos, impuestos y erogaciones incluidos en el Costo Financiero Total, el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO aplicado sobre los intereses percibidos por aplicación de la Tasa Nominal Anual de Referencia publicada por el BCRA, que deban las mismas afrontar.

2) No habiéndose discriminado el Costo Financiero Total máximo en función de los distintos escenarios temporales que pudieren suscitarse y a los fines de preservar el sistema de externalidades no queridas, se entenderá aplicable como Costo Financiero Total, en función de los montos y plazos de los créditos de que se trate, los siguientes:

CURVA DE TASAS







3) Se entiende que no se encuentra incluido en el Costo Financiero Total el 1% directo sobre el monto total de las transacciones realizadas, correspondiente a gastos administrativos de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

4) Se podrá precancelar la deuda contraída con las instituciones que componen el sistema, una vez devuelto el 50% del importe de la operación con un 5% de recargo sobre el capital adeudado.
MONTO PLAZO TNA
Hasta $1000 Hasta 12 meses TR + 700 PB
Entre $1000 y $2000 Entre 12 y 24 meses TR + 800 PB
Entre $2000 y $3000 Entre 24 y 30 meses TR + 900 PB
Mas de $3000 Mas de 30 meses TR + 1000 PB